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YA ES LA HORA DE SABER MAS DE MATRIMONIO-DIVORCIO - SEPARACION Y NULIDAD, TODO ES POSIBLE EN EL CHILE DE HOY. MATRIMONIO DIVORCIO , SEPARACION Y NULIDAD EN LA LEGISLACION CHILENA: 02-01-2008

miércoles, enero 02, 2008

Proponen reglamentar las uniones de hecho y facilitar los juicios de conciliación por divorcio

Proponen reglamentar las uniones de hecho y facilitar los juicios de conciliación por divorcio

El senador Carlos Bianchi presentó dos mociones para crear el contrato de unión civil con participación en los gananciales y para permitir que en los juicios por divorcio las partes puedan ser representadas por un apoderado

Dos mociones destinadas a regular la situación patrimonial en las uniones de hecho y para facilitar la asistencia de las partes en las audiencias de conciliación en juicios de divorcio presentó el senador Carlos Bianchi. Ambas iniciativas que serán analizadas por la Comisión de Constitución apuntan a resolver una serie de inconvenientes que se producen, tanto en las uniones de convivencia como en los procesos de divorcio.

 

La primera moción crea una nueva figura legal para regular las uniones de hecho, las que de acuerdo a las cifras del INE, se han incrementado notoriamente en los últimos años. Es así como entre los años 1992 a 2002, la población casada disminuyó de 50,7% a 46,2%, mientras que las parejas que conviven aumentó de un 5,7% a un 8,9% en igual período.

 

Por otra parte, el número de hijos nacidos fuera del matrimonio también se elevó significativamente ya que en 1992 nacieron 360.932 chilenos de los cuales un 62,7% fueron hijos de matrimonios; mientras que para el 2002 nacieron en total  248.645 chilenos, de los cuáles sólo un 48,2% fueron hijos de matrimonios.

 

De acuerdo al senador Bianchi, "todas estas cifras nos demuestran una transformación radical de la manera en que las personas están estableciendo en los hechos sus relaciones emocionales". Por ello, aseguró que "es indiscutible que estas formas relación afectiva, que no involucran el concepto de familia, requieren de reconocimiento social y protección legal, en especial para aquel contratante más débil".

 

Explicó que "es necesario crear una nueva figura legal que, sin constituirse en una alternativa al matrimonio, ampare este otro tipo de relaciones afectivas de parejas que se están dando en nuestra sociedad".

 

El senador Bianchi propuso "que estas parejas puedan celebrar un contrato mediante escritura pública, o acreditar su unión por un tiempo determinado para acceder a un régimen de participación en los gananciales, generados durante el periodo de convivencia, en términos similares a los que ya contempla el Código Civil para los matrimonios".

 

Dicho régimen patrimonial consiste en que cada uno administra sus bienes o remuneraciones por separado y, en caso de disolución del vínculo, se juntan para dividirlos en partes iguales.

 

El parlamentario precisó que "de esta forma aseguramos por un lado, la independencia y libertad en el manejo patrimonial de cada contratante durante el régimen patrimonial y, de la misma forma la protección para el más débil, al momento de su término".

 

 Agregó que "la moción también contempla un derecho de alimentos, en los mismos términos que los establecidos en el Código Civil en el caso que cese la convivencia".

 

ÁMBITO DE APLICACIÓN

 

Respecto al ámbito de la aplicación de este contrato de unión civil en los gananciales, el senador Bianchi indicó que regirá para "las personas mayores de edad y capaces, unidas por recíproco vínculo afectivo, que deseen convivir en forma estable y de prestarse asistencia  material y moral, no ligadas por vínculo matrimonial no disuelto, ni parentesco".

 

Asimismo, "dos personas unidas por el vínculo antes descrito se constituirán en titulares de los derechos y deberes de esta unión civil, con el sólo hecho de acreditar el haber convivido durante 3 años ininterrumpidamente, o durante dos años, en el caso de existir descendencia común".

 

Por otro lado, este contrato de unión civil no se aplicará a las personas que hayan sido formalizadas o condenadas por homicidio consumado o frustrado del cónyuge de la otra; o a las ligadas por relaciones laborales o contractuales que impliquen necesariamente la habitación común.

 

La falsa declaración de este contrato de unión civil, será sancionada con penas de cárcel de hasta 5 años y multas de hasta 20 UTM, es decir unos $684.000

 

AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN

 

En tanto, el senador Carlos Bianchi también presentó otra moción que apunta a resolver los actuales vicios legales que se producen con la exigencia de comparecencia personal en la audiencia de conciliación, para la validez del juicio del divorcio.

 

Por ello, propuso modificar la ley de matrimonio civil de modo que las partes puedan ser representadas por un apoderado designado para tal efecto.

 

El parlamentario expresó dicha normativa exige la asistencia personal de las partes a la audiencia de conciliación, sin embargo, hasta la fecha no hay constancia de que esta instancia legal, sirva efectivamente para recomponer una ruptura matrimonial.

 

Sostuvo que "las inasistencias son muy comunes, porque los cónyuges residen en distintos lugares y esta disposición finalmente sólo se transforma en una dificultad más para los juicios de divorcio que se ven innecesariamente dilatados, con las postergaciones sucesivas de estas audiencias y las declaraciones de arresto".

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Rodrigo González Fernández
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